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Por otra parte, también se establece en esta orden el procedimiento para la inclusión, alteración de las condiciones de uso y exclusión de los productos ortoprotésicos en la Oferta, en desarrollo de lo previsto en el artículo 4 del Real Decreto 1506/2012, de 2 de noviembre. Para adaptarse a los avances científicos, el catálogo común de prestación ortoprotésica se actualizará de acuerdo con lo previsto en la Orden SCO/3422/2007, de 21 de noviembre, por la que se desarrolla el procedimiento de actualización de la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud, pudiendo formular propuestas de inclusión de nuevos tipos de productos en la cartera común de servicios del Sistema Nacional de Salud terceros interesados, como es el caso de las asociaciones de usuarios, de las sociedades científicas o de las empresas.