Finalizado este plazo, para solicitar la inclusión de un producto en la Oferta la empresa deberá cumplimentar directamente en OFEPO toda la información recogida en el anexo II. 1. En tanto se establezcan los límites de la aportación de la prestación ortoprotésica suplementaria, previstos en el artículo 9.3 del Real Decreto 1506/2012, de 2 de noviembre, se continuará aplicando la aportación recogida en el anexo VI del Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre.